La autoconvocatoria de asambleas es un tema importante y, en ocasiones, complejo para los accionistas de sociedades anónimas. En este artículo, exploraremos las leyes y normas que rigen este procedimiento, con el objetivo de aclarar conceptos y facilitar su comprensión.
Este artículo está relacionado con el que trata de la obligatoriedad de las decisiones de la asamblea
Las asambleas son encuentros cruciales donde se toman decisiones
importantes que afectan a la sociedad. Estas decisiones pueden incluir desde la
aprobación de estados financieros hasta la modificación de estatutos. La ley
establece distintos mecanismos para convocar asambleas, y uno de los
procedimientos más interesantes es la autoconvocatoria.
El artículo 237 de la Ley de Sociedades Comerciales (Ley 19.550) permite
que bajo ciertas condiciones, las asambleas puedan tener carácter unánime, lo
que significa que la totalidad del capital social con derecho a voto está
presente y toma decisiones por unanimidad. En este contexto, un sector de la
doctrina propone que las asambleas pueden prescindir de la convocatoria formal
y llevarse a cabo mediante un sistema de autoconvocatoria.
La autoconvocatoria implica que los accionistas se reúnan sin una
citación formal. Sin embargo, existen dos condiciones ineludibles para que esto
sea válido:
1.
Asistencia Unánime: Todos los
accionistas con derecho a voto deben estar presentes.
2.
Acuerdo Unánime: Deben llegar a un consenso respecto
al orden del día a tratar en la asamblea.
En las sociedades anónimas, además de estos dos requisitos, todas las
decisiones deben ser tomadas por unanimidad.
El artículo 65 de las Normas de la Inspección General de Justicia (IGJ)
también estipula que la autoridad puede convocar una asamblea en situaciones
especiales, tales como:
1.
De oficio: Cuando se detectan irregularidades
graves que ponen en riesgo el interés público.
2.
A solicitud de accionistas: Aquellos que
acrediten ser titulares de al menos el 5% del capital social pueden solicitar
la convocatoria si el directorio no responde dentro de un plazo determinado.
3.
A pedido de directores: Los directores
también pueden solicitar la convocatoria si se cumplen ciertos requisitos.
En algunos casos, la convocatoria judicial de asambleas se convierte en
una opción viable. Este procedimiento es excepcional y se utiliza cuando los
accionistas han intentado infructuosamente que los órganos de la sociedad
lleven a cabo la convocatoria.
Los accionistas que busquen este tipo de convocatoria deben cumplir con
los siguientes requisitos:
1.
Acreditar el carácter de accionista: Esto se puede hacer
a través de títulos de acciones o certificados de saldo.
2.
Presentar copia del legajo de la sociedad: Para demostrar que
se posee el porcentaje mínimo requerido por la ley.
3.
Acompañar las solicitudes anteriores: Documentar las
solicitudes de convocatoria previas que se han presentado ante los órganos sociales.
4.
Demostrar la falta de convocatoria: Aportando pruebas
de que no se ha realizado la convocatoria en el plazo legal.
Según el artículo 15 de la Ley 19.550, las acciones judiciales en el
ámbito de las sociedades comerciales deben sostenerse bajo un procedimiento
sumario, salvo que se especifique lo contrario. Sin embargo, la interpretación
de este artículo ha generado debates sobre su aplicación.
La ley no establece claramente el procedimiento sumario al que hace referencia.
A raíz de cambios en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, ha
surgido incertidumbre sobre si este procedimiento se refiere a un juicio
sumario específico o simplemente a un enfoque ágil y eficiente para resolver
disputas. Se entiende que se aplica el proceso ordinario que es que se realiza
para la mayoría de los juicios civiles y comerciales.
Ventajas
·
Rapidez: La autoconvocatoria permite que los
accionistas se reúnan rápidamente sin los retrasos asociados con la
convocatoria formal.
·
Flexibilidad: Permite una mayor adaptabilidad a
situaciones urgentes donde se requiere una decisión rápida.
Desafíos
·
Riesgo de Confusión: Sin una
convocatoria formal, puede haber malentendidos sobre quiénes deben estar
presentes y qué temas se discutirán.
·
Requisitos Estrictos: La necesidad de
mantener la unanimidad puede dificultar la realización de asambleas en
sociedades con un gran número de accionistas.
Dado el marco legal que rodea la autoconvocatoria y la celebración de
asambleas, aquí hay algunos consejos prácticos que los accionistas deben
considerar:
La comunicación clara entre los accionistas es fundamental. Antes de
intentar una autoconvocatoria, es recomendable discutir los temas que se desean
tratar y asegurarse de que todos los socios estén alineados con respecto al
orden del día.
Cada accionista debe tener a mano la documentación pertinente que
acredite su condición de titular de acciones, así como cualquier registro de
solicitudes previas de convocatoria al directorio o a la sindicatura. Esto será
crucial si se presenta una situación judicial.
Familiarícense con los artículos pertinentes de la Ley 19.550 y otras
regulaciones que afectan a la sociedad. Comprender sus derechos y obligaciones
es esencial para tomar decisiones informadas y efectivas.
Si existe incertidumbre sobre cómo proceder con una autoconvocatoria o
cualquier aspecto relacionado con el funcionamiento de la sociedad, puede ser
beneficioso consultar a un abogado especializado en derecho corporativo. Un
abogado puede ofrecer una orientación precisa sobre cómo proceder de acuerdo a
la normativa vigente.
Si los esfuerzos para convocar una asamblea de forma amigable fallan, y
se contempla la posibilidad de recurrir a la vía judicial, es vital estar bien
preparados. Esto incluye tener toda la documentación y evidencia necesaria para
demostrar la situación ante un juez.
La autoconvocatoria de asambleas es una herramienta valiosa para los
accionistas, especialmente en situaciones que demandan decisiones rápidas y
unánimes. Sin embargo, está sujeta a estrictas condiciones legales que deben
cumplirse para ser legítima. Tanto la ley como la jurisprudencia nos brindan
orientaciones fundamentales sobre cómo proceder en cada caso.
Al finalizar, es
esencial recordar que contar con un marco normativo claro y entendido por todos
los involucrados permitirá que las asambleas se realicen de manera efectiva y
con una mayor probabilidad de éxito. Tomar la iniciativa y mantener una buena
comunicación entre los accionistas se traduce, comúnmente, en el
fortalecimiento de la sociedad y en la protección de los intereses de todos los
socios.
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