El Comité Ejecutivo y Los Gerentes en las Sociedades Anónimas Según la Ley General de Sociedades 19.550

Como abogado especializado en derecho societario, sé que entender la estructura y el funcionamiento de una sociedad anónima (SA) puede resultar complejo para quienes no están familiarizados con su normativa y prácticas. Hoy quiero abordarte dos figuras clave en la gestión y administración de estas sociedades: el comité ejecutivo y los gerentes. En este artículo, te explicaré qué son, cómo funcionan, cuáles son sus responsabilidades y por qué son fundamentales para el éxito y la buena gobernanza de una sociedad anónima.

¿Qué es una Sociedad Anónima?

Antes de entrar en detalles sobre el comité ejecutivo y los gerentes, es importante entender brevemente qué es una sociedad anónima. La sociedad anónima es una forma jurídica que permite la participación de múltiples accionistas en el capital social, y se caracteriza por tener un órgano de administración (el directorio) que toma las decisiones estratégicas y de política de la empresa. La estructura de una SA está diseñada para separar la propiedad de la gestión, lo que facilita la inversión y la expansión empresarial.



¿Quiénes son los actores principales en la administración de una SA?

Los actores principales son:

·         El directorio: órgano de administración que define la política general y toma decisiones de alto nivel.

·         Los gerentes: responsables de ejecutar las políticas y gestionar las operaciones diarias de la empresa.

·         El comité ejecutivo: un órgano delegado del directorio que asume funciones específicas y facilita la gestión eficiente.

·         El síndico: supervisor que vela por la legalidad y transparencia de la sociedad.

En este artículo nos enfocaremos en el comité ejecutivo y los gerentes, analizando sus funciones, requisitos y responsabilidades.

 ¿Qué es el Comité Ejecutivo en una Sociedad Anónima?

El comité ejecutivo es un órgano directivo que puede ser conformado en una sociedad anónima, siempre que así lo autorice el estatuto y sea aprobado por el directorio. Es importante destacar que, según la ley 19.550, el comité ejecutivo no reemplaza ni reduce la responsabilidad del directorio ni de los directores.

¿Para qué sirve el Comité Ejecutivo?

Este órgano tiene como finalidad delegar y gestionar aspectos vinculados a la operación cotidiana del negocio, permitiendo una gestión más ágil y eficiente. Es decir, que concentra tareas específicas, que de otra manera podrían dilatar la toma de decisiones si dependieran únicamente del directorio completo en cada ocasión.

Por ejemplo, puede encargarse de decisiones operativas, control de gastos, gestión de ciertos proyectos o administración de áreas específicas, siempre dentro de los límites que establezca el estatuto social y las funciones que se le asignen.

¿Cómo se conforma y cuáles son sus requisitos?

Para que exista un comité ejecutivo válido:

1.    Debe estar previsto en el estatuto social

2.    Debe ser conformado por miembros del directorio, quienes en ejercicio de sus funciones integran este órgano.

3.    Se le deben asignar funciones específicas, que pueden ser delegadas por el directorio.

Es crucial entender que:

·         Los miembros del comité son directores en ejercicio, por lo que su responsabilidad sigue siendo la misma que la de los demás directores.

·         La duración de su cargo coincide con su mandato como director, salvo que el estatuto o la asamblea dispongan otra cosa.

·         La responsabilidad del comité y de sus integrantes no excluye la responsabilidad del directorio en general, que continúa vigilando su actuación.

 Responsabilidades y límites del Comité Ejecutivo

Aunque el comité ejecutivo tiene funciones delegadas, la ley establece límites claros:

·         Responsabilidad: Los miembros del comité siguen siendo responsables ante la sociedad y terceros por sus actos, igual que los directores.

·         Supervisión: El directorio debe supervisar y controlar la actuación del comité y rendir cuentas ante la asamblea de accionistas.

·         No sustituye al directorio: La existencia del comité no exime al directorio de sus obligaciones de supervisión y toma de decisiones estratégicas.


Es importante también que el comité rinda cuentas periódicamente al directorio, que mantiene la responsabilidad final en la gestión y política de la sociedad.

 ¿Qué son y qué funciones tienen los Gerentes en una Sociedad Anónima?

Los gerentes son los responsables de la gestión operativa diaria de la empresa. Aunque no forman parte del órgano de administración (el directorio), su labor es esencial para la ejecución de las decisiones del mismo y el buen funcionamiento de la sociedad.

¿Cuál es la naturaleza de su rol?

El legislador ha establecido que la función de director es personal e  indelegable. Sin embargo, la sociedad puede organizar la gestión habilitando a los gerentes para realizar tareas específicas, de modo que se asegure una gestión eficiente y ágil sin perder el control y la responsabilidad del directorio.

¿Cómo se designan y cuáles son sus funciones?

El directorio tiene la facultad de nombrar y revocar a los gerentes, ya sean generales o especiales. La designación de un gerente puede ser por tiempo determinado o indefinido, según lo establecido en los estatutos o en la resolución del propio directorio.

Las funciones principales de los gerentes son:

·         Ejecutar las decisiones y políticas aprobadas por el directorio.

·         Administrar y gestionar los recursos de la sociedad en función de los objetivos estratégicos.

·         Supervisar las operaciones diarias y presentar informes al directorio.

·         Representar legalmente a la sociedad en actos cotidianos, siempre bajo las directrices del órgano de administración.

Responsabilidad de los gerentes

Aunque no forman parte del órgano de gobierno, los gerentes responden por su desempeño tanto ante la sociedad como ante terceros por las obligaciones asumidas en el ejercicio de sus funciones.

Es fundamental entender que, si bien los gerentes tienen autonomía operativa, toda acción debe estar alineada con las instrucciones del directorio y las políticas internas de la sociedad. La responsabilidad administrativa de los gerentes puede resultar en sanciones si incumplen sus obligaciones o si actúan de manera negligente o dolosa.

 ¿Por qué son importantes estas figuras en la gestión societaria?

Ambas figuras permiten que una empresa sea gestionada con mayor eficiencia. El comité ejecutivo ayuda a distribuir funciones, reducir la carga del directorio y agilizar decisiones, especialmente en sociedades con operaciones complejas.

Por su parte, los gerentes son quienes, en la práctica, realizan las tareas diarias y operativas que mantienen la sociedad en marcha, siempre bajo las instrucciones y límites establecidos por el directorio.

Es fundamental que exista un control claro, tanto en las funciones delegadas como en la responsabilidad de cada órgano, para garantizar transparencia, cumplimiento legal y protección de los intereses de los accionistas y terceros.

 Consideraciones prácticas para la gestión eficiente

Si estás pensando en conformar un comité ejecutivo o en designar gerentes en una sociedad anónima, ten en cuenta las siguientes recomendaciones:

·         Revisa los estatutos sociales: solo si prevén la existencia del comité ejecutivo podrás conformarlo legalmente.

·         Define claramente funciones y límites: establece en resoluciones o en el reglamento interno las competencias específicas para evitar malentendidos.

·         Vigila y supervisa: el directorio debe mantener una vigilancia constante sobre la actuación del comité y los gerentes.

·         Capacitación y evaluación: promueve una gestión profesional, con informes periódicos y evaluaciones de desempeño.

·         Responsabilidad compartida: recuerda que la delegación no exime de responsabilidad; los órganos delegantes siguen teniendo obligaciones legales.

 Conclusión

Tanto el comité ejecutivo como los gerentes son figuras clave en la estructura de una sociedad anónima moderna y eficiente. La correcta regulación, funcionamiento y supervisión de estos órganos contribuyen a una gestión transparente, responsable y alineada con los objetivos estratégicos de la empresa.

Como abogado, recomiendo siempre revisar los estatutos sociales, adoptar prácticas de buena gobernanza y mantener una comunicación fluida entre el directorio, el comité ejecutivo y los gerentes. Solo así se podrá garantizar el éxito y la protección legal de la sociedad.

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