Inhabilidades e Incompatibilidades Para ser Director de Sociedades Anónimas y Remoción Según la Ley General de Sociedades

Como abogado especializado en derecho societario, muchas veces me consultan sobre los requisitos y restricciones para ser director de una sociedad anónima. La función del director es clave en la administración de la empresa, y la ley establece ciertas prohibiciones e incompatibilidades que buscan garantizar que quienes ocupan estos cargos tengan la capacidad legal y moral para ejercer sus funciones con responsabilidad. En este artículo, te explicaré de manera sencilla y clara cuáles son esas prohibiciones, qué puede causar la inhabilitación para ser director, y cómo funciona el proceso de remoción en caso de que un director inhabilitado pretenda seguir en su cargo.

¿Qué establecen las leyes sobre los requisitos para ser director de una sociedad anónima?

Desde la parte legal, el artículo 264 de la Ley 19.550, conocida como la Ley de General de Sociedades, regula quiénes pueden ser considerados aptos para desempeñar funciones de dirección en una sociedad anónima. Es importante entender que, además de ser un cargo de confianza y responsabilidad, ser director requiere plena capacidad legal y moral para gestionar los negocios de la sociedad.

Prohibiciones e inhabilidades para ser director


En términos generales, se establece que solo pueden ser directores:

·         Personas mayores de edad.

·         Personas capaces, es decir, que no tengan impedimentos legales que limiten su capacidad de actuar jurídicamente.

Este requisito resulta lógico, sin embargo, la ley también señala ciertas personas que, por su situación legal, están inhabilitadas para ejercer la función de director.

Principales prohibiciones e incompatibilidades para ser director según la ley

El artículo 264 de la Ley 19.550 describe claramente cuatro situaciones principales que inhabilitan o impiden que una persona sea director de una sociedad anónima. Estas restricciones buscan evitar que individuos con antecedentes o circunstancias particulares puedan influir de manera inapropiada en la gestión de las empresas.

1. Personas que no pueden ejercer el comercio

Anteriormente, la legislación argentina establecía quiénes podían ser considerados comerciantes, pero esa normativa quedó superada con la sanción del Código Civil y Comercial de la Nación, en 2015, que eliminó el estatuto del comerciante. Entonces, hoy en día, para ser director no es necesario ser comerciante en el sentido técnico, pero sí cumplir con los requisitos de capacidad legal y mayores de edad.

2. Personas fallidas o en situación de insolvencia

Aquí es clave entender qué dice la ley:

·         Personas fallidas por quiebra culpable o fraudulenta: no pueden ser director durante hasta 10 años después de que se hayan rehabilitado.

·         Fallidos por quiebra casual o concursos: no pueden ser directores durante hasta 5 años después de su rehabilitación.

·         Directores o administradores de sociedades con conductas culpables o fraudulentas: también tienen inhabilitación de hasta 10 años tras su rehabilitación.

Es decir, quién haya tenido dificultades financieras graves y se haya rehabilitado no puede volver a ejercer cargos de administración en sociedades anónimas hasta pasado ese plazo, salvo que la ley haya cambiado.

3. Personas condenadas penalmente por delitos específicos

La ley también prohíbe ejercer cargos de director a quienes hayan sido condenados penalmente por:

·         Delitos que impliquen inhabilitación para cargos públicos: por ejemplo, casos en que la condena incluyó esa pena.

·         Delitos contra la propiedad y la fe pública: hurto, robo, defraudación, cohecho, emisión de cheques sin fondos, entre otros.

·         Delitos en la constitución, funcionamiento o liquidación de sociedades: delitos relacionados con la administración societaria fraudulenta o ilícita.

En todos estos casos, la inhabilitación dura hasta 10 años después de cumplida la condena.

4. Funcionarios de la Administración Pública

La ley busca prevenir que funcionarios públicos, por sus influencias y relaciones, puedan aprovechar su cargo para beneficios particulares. Por eso, si alguien fue funcionario público cuyo ejercicio se relaciona con el objeto social de la sociedad, no puede ser director hasta dos años después del cese en sus funciones.


¿Qué pasa si un director inhabilitado sigue en su cargo?

La remoción de un director en situación de inhabilidad es un proceso que debe realizar la asamblea de accionistas, la cual tiene la facultad exclusiva para remover o ratificar cargos de directores (arts. 256 y concordantes de la Ley 19.550).

Procedimiento para la remoción de un director inhabilitado

Cuando se detecta que un director está en alguna de las situaciones prohibidas por la ley, lo correcto y obligatorio es que la asamblea de accionistas lo remueva. La Ley 19.550 establece que la convocatoria a asamblea debe hacerse por el directorio o, en su caso, por el síndico, de manera impulsada ya sea de manera inmediata o en un plazo no mayor a 40 días desde que se detectó la inhabilidad o por pedido de accionistas fundados.

Pasos principales del proceso:

1.    Convocatoria: El directorio o el síndico debe convocar a una asamblea ordinaria en el plazo legalmente establecido, mediante publicaciones y notificaciones correspondientes.

2.    Celebración de la asamblea: La asamblea debe celebrarse en tiempo y forma para que sea válida. Allí, los accionistas podrán decidir si mantienen o no en el cargo al director cuestionado.

3.    Decisión de la asamblea: Si la mayoría decide mantenerlo, el director puede seguir en sus funciones, incluso si hay indicios de una inhabilidad. Sin embargo, esto puede ser sujeto a impugnación por otros accionistas.

4.    Impugnación o acción judicial: Si la asamblea aprueba mantener en funciones a un director inhabilitado, cualquier accionista o parte interesada puede interponer una acción de impugnación prevista en el artículo 251 de la Ley 19.550. Esta acción pide que se declare la nulidad de la resolución de la asamblea en esa parte y, en consecuencia, la remoción del director afectado.

Importante: La acción de impugnación debe tramitarse por los canales previstos en la ley, y tiene como finalidad proteger los derechos de los accionistas y garantizar que los cargos sean ejercidos por personas con capacidad legal vigente.

 ¿Qué pasa si no se remueve a un director inhabilitado?

El incumplimiento del deber de remover a un director que presenta alguna prohibición o incompatibilidad puede acarrear consecuencias legales. Además, en muchos casos, la inacción puede afectar la validez de las decisiones de la sociedad y generar responsabilidad para los administradores que permitan que un inhabilitado siga en funciones.

Por eso, es fundamental que los órganos de administración y fiscalización (directorio y síndicos) actúen en cumplimiento de la ley, y que las asambleas tomen decisiones fundamentadas y dentro de los plazos legales.

 La importancia de la prevención y control

Para evitar problemas legales y poner riesgo la reputación, es recomendable que las sociedades:

·         Realicen revisiones periódicas de los antecedentes de sus directores y administradores.

·         Verifiquen que ninguno de los incluidos en el órgano social esté en alguna de las situaciones de inhabilidad.

·         Implementen procedimientos internos para detectar posibles inhabilidades o incompatibilidades a tiempo y actuar en consecuencia.

Conclusión

Ser director de una sociedad anónima implica un compromiso legal y ético importante. La ley establece que solo las personas que cumplen ciertos requisitos, como ser mayores de edad y no estar inhabilitadas, pueden ejercer esa función. Asimismo, existen plazos estrictos para remover a quienes, por alguna causa, no puedan seguir desempeñando el cargo.

El cumplimiento de estas reglas no solo protege a la sociedad de posibles responsabilidades legales, sino que también resguarda la transparencia y la confianza en el funcionamiento de las empresas.

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