La constitución de una sociedad anónima (S.A.) es un proceso jurídico fundamental que requiere de rigor y atención a los detalles legales. Este mecanismo no solo define la existencia legal de la sociedad comercial, sino que establece las reglas bajo las cuales operará en el futuro. Ya sea que estés pensando en formar una nueva empresa o simplemente estés curioso sobre cómo se constituyen las sociedades, entender los conceptos de contrato, estatuto, reglamento y pactos es esencial. En este artículo, desglosaremos estos términos y su importancia.
El contrato de sociedad es el acuerdo por el cual dos o más personas
deciden formar una sociedad, en este caso, una sociedad anónima. Este documento
es celebrado por escritura pública y contiene varios elementos esenciales que
deben ser acordados por los socios. Si se trata de una sociedad anónima
unipersonal, se celebra mediante una declaración unilateral de voluntad.
Desde la perspectiva de un abogado, es vital que cada contrato o
declaración unilateral de voluntad contenga los siguientes elementos:
1.
Datos personales de los socios: Nombres, apellidos,
edades, estado civil, nacionalidad, profesión y domicilio. Datos de la sociedad
si se tratara de una persona jurídica
2.
Decisión de constituir una sociedad anónima. La forma jurídica
de la sociedad debe estar claramente definida, en este caso Sociedad Anónima.
3.
Declaración de sujeción al estatuto: Esto implica que la
sociedad operará bajo un conjunto de normas que serán establecidas en el acto
constitutivo, una especie de “constitución nacional” de la sociedad comercial.
4.
Suscripción del capital social: Aquí se detalla el
monto que aportará cada socio y el régimen de integración de dichos aportes.
Cuanto se va a suscribir por quién y cómo va a pagar
5.
Designación de los órganos de administración y
fiscalización: Los socios deben decidir quién dirigirá y quién fiscalizará la S.A. y
por cuánto tiempo.
6.
Fijación de la sede social: Debe estar
claramente establecida la ubicación donde la sociedad realizará sus
operaciones.
El estatuto social funciona como el conjunto de reglas que regirán la
vida de la sociedad y su interacción con los socios y terceros. Es un documento
fundamental, ya que proporciona claridad sobre el funcionamiento interno de la
sociedad.
El estatuto debe contener:
1.
Denominación social: El nombre bajo el
cual operará la sociedad, seguido por las palabras “Sociedad Anónima” o las
siglas “S.A”.
2.
Domicilio social: La dirección principal donde se
localiza la empresa.
3.
Plazo de duración: Duración de la sociedad que puede ser
indefinido o limitado.
4.
Capital social: Detalles acorde el capital mínimo
requerido y cómo se estructurará. Expresado en dinero y en moneda nacional.
5.
Régimen de acciones: Tipos de acciones
que se emitirán y sus características.
6.
Funcionamiento y Conformación del órgano de gobierno: Reglas sobre cómo
se llevarán estructuralmente a cabo las decisiones de los socios en la
sociedad.
7.
Régimen de quórum y mayorías: Determinación de
cómo se tomarán las decisiones y cuántos socios deben estar presentes.
8.
Sistema de resolución de controversias: Mecanismos
previstos para resolver disputas entre socios.
9.
Disolución y liquidación: Disposiciones que
traten la forma en que se disolverá y liquidará la sociedad.
Los reglamentos son un cuerpo normativo accesorio que permite una mayor
organización en la estructura de la sociedad. Aunque no son parte integral del
acto constitucional, tienen un valor significativo y deben respetarse como a la
ley misma.
1.
No requieren escritura pública: A diferencia del
contrato social, los reglamentos no están sujetos a la formalidad de escritura
pública, aunque deben ser inscritos en el Registro Público.
2.
Reconocimiento legal: Tienen efectos
vinculantes y legales, lo que significa que las decisiones que violen los
reglamentos pueden ser impugnadas.
3.
Acciones de responsabilidad: Los directores
pueden ser responsables por violar los reglamentos, similar a lo que ocurre con
los estatutos.
La regulación bajo la Ley General de Sociedades, particularmente el artículo 11, establece requisitos comunes que deben cumplir todos los actos constitutivos de sociedades. Es esencial comprender que el contrato constitutivo debe contener:
1.
Identificación adecuada: Detalles sobre la
identidad de los socios, asegurando que todos puedan actuar legalmente.
2.
Denominación y domicilio: Proporciona un
marco claro en el que la empresa operará.
3.
Objeto social claro: El objeto social
debe ser preciso y determinado para evitarle confusiones futuras a los socios,
futuros socios y terceros.
4. Capital social: No debe ser
inferior a lo requerido por la ley y debe expresar con claridad el aporte de
cada socio.
5.
Plazo de duración: Este debe ser específico
y determinado, lo cual es fundamental para que los socios tengan claridad sobre
el tiempo de operación planificado de la sociedad.
6.
Organización administrativa: Detallar cómo se estructurará el órgano de administración y
fiscalización es vital. La ley establece que el directorio será el órgano de administración y la asamblea, el de gobierno. Es importante delinear cómo se llevarán a cabo las reuniones de socios y los roles de cada parte.
7.
Distribución de utilidades y pérdidas: Es crucial especificar cómo se repartirán las ganancias y cómo se soportarán las pérdidas. A falta de un acuerdo, se asume que estas se distribuyen en proporción a los aportes.
8.
Derechos y obligaciones de los socios: Debe haber claridad sobre los derechos y deberes de cada socio dentro de la sociedad, lo cual puede prevenir disputas desagradables en el
futuro.
9.
Funcionamiento, disolución y liquidación: Detallar las normas que rigen el funcionamiento de la sociedad, las causales de disolución y el proceso de liquidación es fundamental. Este
aspecto asegura que los socios tengan un camino claro a seguir en caso de disolución.
Es importante mencionar que existen diferentes tipos de sociedades anónimas, dependiendo de las características de la misma y del número de socios. Por ejemplo, una sociedad anónima puede ser unipersonal o pluripersonal. Este aspecto influye en la forma en que se redactan tanto el contrato como el estatuto social y cómo se operarán en la práctica.
El proceso de constitución de una sociedad anónima implica varios pasos que deben ser manejados cuidadosamente. Contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho corporativo puede ser invaluable. Un abogado puede ayudar a:
1.
Redactar contratos y estatutos: Un documento bien redactado asegura que se cumplan los requisitos legales y que los intereses de todos los socios estén protegidos.
2.
Orientar sobre la legislación aplicable: Las leyes y regulaciones pueden variar según la ubicación y el tipo de sociedad, por lo que un profesional puede ayudar a navegar esta
complejidad.
3.
Prevenir disputas futuras: Definir claramente los derechos y deberes de cada socio puede
minimizar el riesgo de conflictos y facilitar un entorno de negocios más armonioso.
4.
Asistir en el registro: La inscripción en el Registro Público es un paso crucial que formaliza la existencia de la sociedad, y un abogado puede guiarte en este proceso.
La constitución de una sociedad anónima es un paso crítico en la vida de cualquier negocio de un tamaño razonable. Desde el contrato y el estatuto hasta los reglamentos y pactos, cada uno de estos elementos juega un papel fundamental en el éxito y la legalidad de la sociedad. Cometer errores en la fase de constitución puede tener consecuencias legales y financieras significativas, por lo que es esencial tratar el proceso con seriedad y cuidado.
Siempre es aconsejable trabajar con profesionales legales experimentados que puedan
proporcionar asesoramiento y asistencia en todo momento. Asegurarse de que todos los documentos estén correctamente redactados y cumplan con la legislación aplicable es clave para el éxito a largo plazo de la empresa. Al seguir estas pautas y consejos, estarás bien encaminado hacia la creación de una empresa sólida y conforme a la ley, capaz de enfrentar los desafíos del mercado y crecer de manera sostenible.
Ante cualquier duda sobre la publicación dejar un
comentario. Por consultas legales enviar un mail a dr.boianover@estudioboianover.com
el cual será respondido en 72 horas y gratis la primera vez, o mandar un
mensaje de whatsapp al 113 320 5482.
0 Comentarios