La Constitución de una Sociedad Anónima Unipersonal

Si estás considerando la creación de una sociedad anónima unipersonal, es fundamental que comprendas los elementos y requisitos que establece la ley argentina. La Ley 19.550, que regula las sociedades comerciales en Argentina, proporciona directrices claras para la constitución de este tipo de entidades. En este artículo, como abogado especializado en derecho societario, te guiaré a través de los aspectos más relevantes que debes tener en cuenta.

Hablamos de la SAU

Concepto de Sociedad Anónima Unipersonal

La sociedad anónima unipersonal (SAU) es una forma jurídica que permite a un solo individuo constituir una sociedad con responsabilidad limitada. Esto significa que los socios no responden con su patrimonio personal por las deudas de la sociedad en condiciones regulares, limitando su responsabilidad al capital aportado.

Requisitos Generales Para Constituir Una Sociedad Anónima.

Elementos del contrato de cualquier sociedad, o declaración unilateral de voluntad en el caso de sociedades unipersonales

1.    Datos personales de los socios: Nombres, apellidos, edades, estado civil, nacionalidad, profesión y domicilio. Datos de la sociedad si se tratara de una persona jurídica

2.    Decisión de constituir una sociedad anónima. La forma jurídica de la sociedad debe estar claramente definida, en este caso Sociedad Anónima.

3.    Declaración de sujeción al estatuto: Esto implica que la sociedad operará bajo un conjunto de normas que serán establecidas en el acto constitutivo, una especie de “constitución nacional” de la sociedad comercial.

4.    Suscripción del capital social: Aquí se detalla el monto que aportará cada socio y el régimen de integración de dichos aportes. Cuanto se va a suscribir por quién y cómo va a pagar

5.    Designación de los órganos de administración y fiscalización: Los socios deben decidir quién dirigirá y quién fiscalizará la S.A. y por cuánto tiempo.

6.    Fijación de la sede social: Debe estar claramente establecida la ubicación donde la sociedad realizará sus operaciones.

Estatuto Social

El estatuto social funciona como el conjunto de reglas que regirán la vida de la sociedad y su interacción con los socios y terceros. Es un documento fundamental, ya que proporciona claridad sobre el funcionamiento interno de la sociedad.

El estatuto debe contener:

1.    Denominación social: El nombre bajo el cual operará la sociedad, seguido por las palabras “Sociedad Anónima” o las siglas “S.A”.

2.    Domicilio social: La dirección principal donde se localiza la empresa.

3.    Plazo de duración: Duración de la sociedad que puede ser indefinido o limitado.

4.    Capital social: Detalles acorde el capital mínimo requerido y cómo se estructurará. Expresado en dinero y en moneda nacional.

5.    Régimen de acciones: Tipos de acciones que se emitirán y sus características.

6.    Funcionamiento y Conformación del órgano de gobierno: Reglas sobre cómo se llevarán estructuralmente a cabo las decisiones de los socios en la sociedad.

7.    Régimen de quórum y mayorías: Determinación de cómo se tomarán las decisiones y cuántos socios deben estar presentes.

8.    Sistema de resolución de controversias: Mecanismos previstos para resolver disputas entre socios.

9.    Disolución y liquidación: Disposiciones que traten la forma en que se disolverá y liquidará la sociedad.

 Requisitos Específicos Para constituir una Sociedad Anónima según el Artículo 166 de la Ley 19.550

El artículo 166 de la Ley 19.550 establece requisitos específicos que deben ser observados:

Capital Social

El capital social es la base financiera de la sociedad y debe ser representado por acciones. Su constitución debe respetar las siguientes características:

·         Naturaleza y Clases de Acciones: Debe especificarse si las acciones son ordinarias o preferidas, lo que implica derechos diferenciados en la toma de decisiones o distribución de utilidades.

·         Modalidades de Emisión: Es crucial indicar cómo serán emitidas; es decir, si serán acciones al portador, nominativas endosables o no endosables, aunque la ley actualmente sólo permite títulos nominativos no endosables. También se puede optar por representar las acciones a través de inscripciones contables, en lugar de emitir títulos físicos.

Régimen de Suscripción e Integración del Capital

La ley exige que el capital social se suscriba íntegramente. Sin embargo, en casos de aportes en efectivo, permite una integración mínima del 25% en el momento de la constitución. Esto facilita la creación de la sociedad, ya que los socios pueden comprometerse a integrar el resto del capital en un plazo de hasta dos años.

Esto es fundamental para mantener la adecuada operatividad de la sociedad sin que los socios se vean obligados a realizar aportes inmediatos significativamente altos.

Aumento del Capital

Los socios tienen la posibilidad de establecer regulaciones específicas sobre cómo se manejarán futuros aumentos de capital, lo que incluye las causales, plazos y derechos que tendrán los socios en cada oportunidad.

Elección de los Órganos de Administración y Fiscalización

El mismo artículo 166 también estipula que los socios fundadores deben elegir a los integrantes de los órganos de administración y fiscalización en el acto constitutivo. Esta elección no puede ser postergada, a diferencia de lo que ocurre en otros tipos de sociedades, que pueden delegar esta tarea para un momento posterior.

Es vital que el contrato constitutivo incluya estas designaciones para la correcta operatividad de la sociedad desde el inicio.

Definición de Socio Fundador

El concepto de socio fundador es crucial en este contexto. Se considera socio fundador a aquel que, en el momento constitutivo, se asocia formalmente a través de la firma del contrato constitutivo. No todas las personas que firman el documento son necesariamente fundadoras; para serlo deben:

a)    Quienes intervengan como socios en el acto constitutivo

b)    Quienes sean parte de ese contrato constitutivo

c)    Quienes revistan la titularidad del capital social desde el momento mismo de la constitución de la sociedad por acto único

Esto implica que personas que actúan como representantes o mandatarios de otros no serán consideradas fundadores, lo que es esencial para entender la estructura de la propiedad y la gestión de la sociedad.

Importancia de Cumplir con los Requisitos Legales

La observancia de estos requisitos no solo establece un marco legal para la sociedad, sino que también protege a sus miembros y aumenta la credibilidad ante terceros. Al cumplir con todos los requisitos, los socios garantizan que su sociedad opere conforme a la ley, evitando problemas futuros que puedan surgir de una constitución irregular.

·         Responsabilidad Limitada: Al ser un tipo de sociedad que ofrece responsabilidad limitada, los socios no tienen que preocuparse por las obligaciones de la sociedad más allá del capital que han aportado. Este aspecto es especialmente atractivo para emprendedores que desean proteger su patrimonio personal.

·         Seriedad ante Terceros: Una sociedad bien constituida muestra seriedad y compromiso ante proveedores, clientes y otras partes interesadas, lo que puede facilitar relaciones comerciales más sólidas y la obtención de financiamiento.

Beneficios Especiales de la Sociedad Anónima Unipersonal

Aparte de la limitación de responsabilidad, las sociedades anónimas unipersonales ofrecen otros beneficios que pueden resultar atractivos para los emprendedores:

·         Facilidad de Administración: Al tratarse de un único socio, la toma de decisiones es más ágil y directa, lo que puede ser crucial en etapas iniciales de un negocio.

·         Acceso a Crédito: Las SAU pueden tener más facilidad para acceder a financiamiento, ya que su estructura permite una proyección más clara de las garantías y compromisos.

Desafíos a Considerar

Si bien existen múltiples ventajas, es vital también ser consciente de los desafíos que pueden surgir al constituir una SAU:

·         Costos de Constitución: Para constituir una SAU el capital debe ser integrado totalmente al momento de la constitución y los costos para la constitución legal pueden ser significativos, especialmente si se incluyen honorarios legales y notariales.

·         Cumplimiento Normativo: Mantener el cumplimiento de las normativas comerciales y fiscales puede ser demandante, lo que requiere la atención constante del socio único.

Conclusiones Finales

La creación de una sociedad anónima unipersonal puede ser una excelente opción para aquellos que desean emprender mientras limitan su responsabilidad personal. Como abogado, siempre aconsejo que haya un sólido entendimiento de los requisitos legales y sus implicancias operativas para asegurar el éxito de la empresa.

Recuerda que contar con el asesoramiento de un profesional es indispensable para evitar errores que puedan comprometer la constitución y funcionamiento de la sociedad. Si estás pensando en constituir una sociedad anónima unipersonal, asegúrate de seguir todos estos pasos y cumplir con los requisitos establecidos por la ley.

Lo más importante es asesorarse bien, tener una clara planificación y ejecutar cada paso del proceso con precisión para que tu nuevo emprendimiento tenga la mejor oportunidad de prosperar.

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