En el ámbito empresarial, la estructura de la sociedad anónima es una de las más comunes, brindando a los accionistas la posibilidad de gestionar su participación a través de un órgano fundamental: la asamblea de accionistas. Como abogado, considero esencial que tanto emprendedores como inversores comprendan la importancia y el funcionamiento de estas asambleas. En este artículo, exploraremos qué son las asambleas de la sociedad anónima, los tipos que existen, su modalidad de celebración y el área de competencia, todo en un lenguaje claro y accesible.
La asamblea de accionistas es el órgano fundamental y no permanente de
la sociedad anónima, donde se reúnen los accionistas para tomar decisiones
sobre el gobierno de la empresa en diversas materias de su competencia. Este
órgano se distingue por ser el espacio en el que se expresa y forma la voluntad
social del ente, tal como lo establece la ley, el estatuto o el reglamento
correspondiente. A pesar de que no existe un consenso único sobre su naturaleza
jurídica, podemos afirmar que la asamblea se presenta como un órgano específico
que juega un papel clave en la toma de decisiones.
Las asambleas de accionistas se pueden clasificar en diversas categorías:
·
Asambleas Generales: Convocan a todos
los accionistas de la sociedad.
·
Asambleas Especiales: Se limitan a
accionistas de determinadas clases de acciones.
·
Asamblea Constitutiva: Reúne a los
accionistas para decidir la constitución definitiva de la sociedad, regulada
por el artículo 176 de la ley 19.550. Esta asamblea debe celebrarse con la
presencia de un banco interviniente y presidida por un funcionario de la
autoridad de contralor, requiriendo la asistencia de accionistas que
representen la mitad más una de las acciones suscriptas. Se celebra en el marco
de la constitución de una sociedad anónima bajo el régimen de suscripción pública
·
Asamblea Ordinaria: Tiene competencias
específicas para resolver cuestiones relacionadas con la gestión de la
sociedad, como la aprobación del balance general, la distribución de ganancias
y la designación de directores y síndicos, entre otras funciones. El artículo
234 establece claramente las competencias de esta asamblea.
·
Asamblea Extraordinaria: Se ocupa de asuntos
que no son de competencia de la asamblea ordinaria, como modificaciones del estatuto
social, aumentos de capital –salvo los casos del artículo 188- y disoluciones.
En detalle, el artículo 235 especifica sus atribuciones.
·
Asamblea Especial: Requiere el consentimiento de una
clase de acciones en caso de que se adopten resoluciones que afecten sus
derechos. Se rige por normas similares a las de la asamblea ordinaria.
Las asambleas pueden celebrarse bajo diversas modalidades, las cuales
son cruciales para su validez y procedimiento:
·
Asambleas Publicadas: Son aquellas
convocadas mediante publicaciones de acuerdo al régimen del artículo 237. En
estas, las decisiones pueden tomarse con base en el régimen de mayorías
establecido.
·
Asambleas Unánimes: Se caracterizan por
no requerir publicación de convocatorias. Deben contar con la participación de
todos los accionistas que representen la totalidad del capital social, y las
decisiones requieren unanimidad.
Un aspecto fundamental que distingue a las asambleas ordinarias y extraordinarias
es su área de competencia, la cual se basa no en la periodicidad de su
celebración, sino en los temas a discutir:
·
Asamblea Ordinaria: Debe reunirse al
menos una vez al año y está habilitada para discutir y aprobar inventarios,
balances y memorias que los directores presenten, así como nombrar y considerar
la responsabilidad de los síndicos y directores.
·
Asamblea Extraordinaria: Convocada según
necesidad, tiene facultades más amplias para decidir sobre cuestiones como
aumentos y reducciones de capital, fusiones, y disoluciones de la sociedad.
Decide sobre todos los temas que modifiquen el estatuto de la sociedad en
general.
A diferencia de las disposiciones del Código de Comercio derogado, que
establecían la clasificación de asambleas en función de su periodicidad, la ley
19.550 actualiza este enfoque, enfatizando la importancia de los temas
tratados.
La asamblea de accionistas no solo actúa como un medio de toma de
decisiones, sino que también es un espacio de discusión y deliberación en el
marco de la democracia corporativa. Conocer y comprender este proceso es
crucial para todos los accionistas, ya que les otorga poder sobre la gestión de
su inversión y garantiza la transparencia en el funcionamiento de la sociedad.
1.
Influencia en la Gestión: La participación en las asambleas permite a
los accionistas tener voz y voto en decisiones clave que afectan el rumbo de la
sociedad. Aquellos que asisten pueden proponer cambios y expresar su opinión
sobre la dirección de la empresa.
2.
Transparencia: La celebración de asambleas aumenta la transparencia en la gestión de la sociedad, ya que se discuten públicamente los balances, la distribución de utilidades y otros aspectos financieros que impactan a todos los accionistas.
3.
Oportunidad de Networking: Las asambleas son un excelente espacio para que los accionistas se conecten y establezcan relaciones con otros inversores, directores y ejecutivos de la sociedad, fortaleciendo la red de contactos.
4.
Educación Continua: Participar en asambleas brinda a los accionistas la oportunidad de aprender más sobre la gestión empresarial y el funcionamiento de la sociedad, mejorando así su conocimiento financiero y empresarial.
La ley 19.550 también establece obligaciones específicas en cuanto a la convocatoria de asambleas. Por ejemplo, el directorio de la sociedad debe realizar la convocatoria con un plazo adecuado de anticipación y de acuerdo a la modalidad prevista (publicada o unánime). Además, se debe garantizar que se respete el quórum necesario para que la asamblea pueda llevarse a cabo y tomar decisiones válidas.
Es esencial que los accionistas estén atentos al cumplimiento de estos requisitos, pues cualquier irregularidad podría impugnar las decisiones tomadas en la asamblea.
El procedimiento para la celebración de asambleas de accionistas debe seguir un marco específico, que incluye los siguientes pasos:
1.
Convocatoria: El directorio debe realizar la convocatoria de acuerdo a las disposiciones legales y estatutarias. Las convocatorias deben estar claramente redactadas, especificando la fecha, hora, lugar y el orden del día.
2.
Quórum: Es necesario alcanzar el quórum mínimo requerido para que la asamblea sea válida. Esto varía según el tipo de asamblea (ordinaria, extraordinaria, etc.) y debe ser previamente definido en el estatuto de la sociedad.
3.
Desarrollo de la Asamblea: La asamblea se desarrolla en función del orden del día y las
decisiones se deben tomar conforme a las mayorías requeridas por ley.
4.
Acta de Asamblea: Se debe redactar un acta donde se registren las decisiones tomadas, que será firmada por el presidente y el secretario de la asamblea. Este documento es fundamental, ya que servirá de prueba en futuros procedimientos legales.
Las asambleas de la sociedad anónima son un pilar fundamental en la estructura de gobernanza corporativa. Como abogado, es mi deber aconsejar a accionistas y directores sobre la importancia de participar activamente en ellas. La comprensión de la naturaleza, tipos y procedimientos de las asambleas permite a los accionistas ejercer sus derechos de manera efectiva, garantizando una gestión empresarial transparente y responsable.
A medida que las sociedades anónimas continúan evolucionando en un entorno empresarial dinámico, el conocimiento de las asambleas cobrará cada vez más relevancia. La correcta implementación y gestión de estas asambleas no solo beneficiará a los accionistas, sino que también contribuirá a la sostenibilidad y el éxito de la sociedad en el competitivo mercado actual.
Por lo tanto, ya sea que seas un accionista nuevo o un inversor experimentado, te animo a que te familiarices con el funcionamiento de las asambleas de accionistas y a que no dudes en participar y hacer escuchar tu voz. La gestión efectiva de tus derechos como accionista es clave para alcanzar el éxito en el mundo corporativo.
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