Las sociedades anónimas son un pilar fundamental en el mundo empresarial y, a menudo, generan confusión en torno a su clasificación y funcionamiento. Como abogado, es mi deber ayudar a esclarecer estos conceptos a quienes deseen comprender mejor este tipo de entidad jurídica. En este artículo, abordaremos la clasificación de las sociedades anónimas en abiertas y cerradas, su fiscalización estatal y las características típicas que las definen.
Según la Ley 19.550 de Argentina, las sociedades anónimas se pueden
clasificar de dos maneras principales:
La primera clasificación se basa en la posibilidad de hacer oferta
pública de acciones y en su capacidad para cotizar en bolsa. Bajo este
criterio, encontramos:
·
Sociedades Abiertas: Son aquellas que
están autorizadas para ofrecer públicamente sus acciones y cotizar en bolsas de
valores. Esto implica que sus acciones pueden ser adquiridas por cualquier
persona, lo que brida mayor liquidez y acceso a capital.
·
Sociedades Cerradas: Estas son aquellas
que no tienen autorización para realizar oferta pública de sus acciones. Su
capital suele estar más limitado, y las acciones son generalmente transferidas
entre un grupo cerrado de personas, como miembros de una misma familia o
amigos.
La segunda clasificación se refiere al régimen de fiscalización impuesto
por el Estado:
·
Sociedades Sujetos a Fiscalización Estatal
Permanente: Estas son aquellas que, además de ajustarse a las normativas estándar
de constitución, están bajo un control más estricto. Se encuentran bajo esta
fiscalización si:
a) Realizan oferta pública de acciones o debentures.
b) Tienen un capital social que supera los 2.000 millones de pesos
(cifra actualizable por el Poder Ejecutivo Nacional).
c) Son de economía mixta o están incluidas en la sección sexta del
capítulo II de la Ley 19.550.
d) Requieren fondos del público a cambio de promesas de prestaciones o
beneficios futuros.
e) Explotan concesiones o servicios públicos.
f) Son controladas por otra sociedad sujeta a fiscalización.
·
Sociedades No Sujetos a Fiscalización Estatal
Permanente: Estas entidades, aunque registran menor supervisión, sí deben cumplir
con ciertas normativas básicas. La fiscalización se limita al contrato
constitutivo, a su estatuto y a sus reformas y a los cambios de su capital. Sin
embargo, la autoridad puede actuar si accionistas que representan al menos el
10% del capital o cualquier síndico lo solicitan, o si considera necesario
intervenir en resguardo del interés público.
La Ley 19.550 detalla aspectos críticos que definen a las sociedades
anónimas:
Una de las características más distintivas de las sociedades anónimas es
que su capital está dividido y representado por acciones. Este sistema de
representación no solo facilita el movimiento de capital en el mercado, sino
que también promueve la libre transferencia de acciones, lo que permite a los
accionistas comerciar con sus inversiones. Si bien existe un principio de libre
circulación, ciertos estatutos pueden imponer restricciones sin prohibir
totalmente esta transferencia.
Uno de los aspectos más atractivos de las sociedades anónimas es la
limitación de la responsabilidad de los accionistas. Los accionistas solo son
responsables hasta el valor de sus aportes a las acciones suscritas. Esto
significa que, en caso de quiebra, los accionistas no perderán más dinero del
que se hayan comprometido a invertir en la sociedad.
Este principio protege a los individuos
al separar sus finanzas personales de las de la empresa. La sociedad es un
sujeto de derecho distinto, y la quiebra de la misma no implica automática la
quiebra de los accionistas, salvo que se cumplan ciertas condiciones previstas
en la ley de concursos y quiebras.
Entender la clasificación y las características de las sociedades
anónimas no solo es crucial para quienes deseen establecer una empresa bajo
este formato, sino que también es fundamental para inversores, accionistas y
cualquier persona interesada en participar en el mercado financiero o en el
ambiente empresarial.
Los inversores interesados en adquirir acciones de sociedades abiertas
deben estar conscientes de su regulación y fiscalización. La posibilidad de
participar en la oferta pública significa que pueden contar con mayor
transparencia en las operaciones de la empresa. Por otro lado, la limitación de
responsabilidad que da la sociedad anónima les asegura que el riesgo de su
inversión se limita al monto que han suscripto.
Para los accionistas de
sociedades cerradas, la dinámica cambia. Estas sociedades, aunque pueden
ofrecer una interacción más cercana entre los miembros y un control más
efectivo sobre las decisiones operativas, suelen tener menos liquidez, lo que
podría dificultar la venta de acciones o la entrada y salida de nuevos
inversores. Además, la concentración de la propiedad en un número reducido de
socios puede llevar a conflictos si no se establecen mecanismos claros de
gobernanza y decisiones.
La estructura de una sociedad anónima, ya sea abierta o cerrada,
requiere de una adecuada gobernanza corporativa. En sociedades abiertas, el directorio
debe actuar en interés de un grupo diverso de accionistas, lo que puede
introducir complejidades en la toma de decisiones. Por otro lado, las
sociedades cerradas, aunque suelen tener procesos más simples debido a su menor
número de accionistas, también deben ser conscientes de la importancia de
establecer claras políticas de gestión y control para evitar conflictos entre
socios.
Es fundamental que tanto los accionistas como los potenciales inversores
entiendan el marco legal que regula a las sociedades anónimas. El artículo 299
de la Ley 19.550 es clave, ya que detalla las condiciones bajo las cuales una
sociedad está sujeta a la fiscalización estatal permanente. Este tipo de
supervisión no solo busca proteger los intereses de los accionistas, sino
también el bienestar de la comunidad y el mercado en su conjunto.
Para aquellas empresas que se
encuentran bajo este régimen, es vital cumplir con los requerimientos de
informes y transparencia que exige la autoridad de control. La falta de
cumplimiento podría resultar en sanciones, afectando gravemente la reputación y
las operaciones de la empresa.
Como conclusión, las sociedades anónimas juegan un rol esencial en el
tejido empresarial de muchos países, incluida Argentina. Comprender su
clasificación entre abiertas y cerradas, su fiscalización y sus características
es fundamental no solo para los actuales y futuros empresarios, sino también
para los inversores que buscan diversificar su cartera de inversiones.
Este conocimiento es especialmente
relevante en un contexto en el que se están transformando los mercados
financieros y las dinámicas empresariales. Las ventajas que ofrecen, como la
responsabilidad limitada y la facilidad de transferencia de acciones, las
convierten en una opción atractiva para muchas personas que buscan emprender o
invertir.
Si estás pensando en fundar una
sociedad anónima o invertir en una, te recomiendo encarecidamente que te
asesores adecuadamente. La complejidad de las normativas y las implicaciones
legales son consideraciones que no deben tomarse a la ligera. Al final del día,
la correcta comprensión y aplicación de la legislación puede ser la clave del
éxito o el fracaso en el mundo empresarial.
Ante cualquier duda sobre la publicación dejar un
comentario. Por consultas legales enviar un mail a dr.boianover@estudioboianover.com
el cual será respondido en 72 horas y gratis la primera vez, o mandar un
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