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Mostrando entradas de diciembre, 2020

Resoluciones Sociales que Aprueban el Compromiso Previo de Fusión

En el proceso de fusión de sociedades comerciales, la aprobación del compromiso previo de fusión es un momento clave. Se trata de una decisión que no puede ser tomada de manera unilateral por los administradores, sino que requiere la intervención de los socios o accionistas a través de los órganos sociales competentes. Esta etapa asegura la legitimidad del proceso y otorga transparencia, seguridad jurídica y participación democrática dentro de cada sociedad involucrada. En este artículo, analizaremos cómo deben adoptarse las resoluciones sociales que aprueban la fusión, cuáles son los requisitos legales, qué mayorías se requieren según el tipo de sociedad, y cómo debe realizarse la publicidad del acto. Lo haremos desde una perspectiva jurídica, pero con un lenguaje accesible, para que cualquier persona interesada en este tipo de operaciones empresariales pueda comprender sus implicancias. ¿Qué papel cumplen las resoluciones sociales en la fusión? La Ley General de Sociedades N° 19....

Inspección General de Justicia c. Promoción Exportación y Marketing Editorial PROEME S.R.L.

Link al fallo completo             Este fallo se trata del error de la IGJ al tratar la constitución de una sociedad local por una sociedad extranjera. Sociedad extranjera “ Promoción Exportación y Marketing Editorial PROEME” , española, quiere registrarse en el país y para eso necesita adecuar su tipo social, ya que lo que en España se considera una “sociedad limitada”, en Argentina se considera “sociedad con responsabilidad limitada” tras realizar algunas adecuaciones. La IGJ va a entender que es una sociedad de tipo desconocido por no figurar el tipo social “Sociedad Limitada” en la Ley de Sociedades Comerciales (19550) y le da tratamiento con el art 119, aplicándole el procedimiento general para las la inscripción de sociedades constituidas en el extranjero del artículo 118 más la discrecionalidad del juez de inscripción de determinar formalidades de máximo rigor a cumplirse… vía por la cual solicita que se hagan constar la realización de las ade...

Fideicomiso Justicia y Verdad c. Robles Berlanga, María del Rosario y Partido de la Revolución Democrática Dipr Argentina 2020

Link  al fallo completo Este caso se trata del intento en reiteradas ocasiones de hacer valer un título ejecutorio en el territorio de la República Argentina. Título creado en la Ciudad de México, México con cláusulas de lugar de pago y prorroga de jurisdicción invalidas motivan los acontecimientos que a continuación se narran. De los hechos El Fideicomiso Justicia y Verdad promovió una demanda de ejecución de un pagaré contra María del Rosario Gómez Berlanga y contra el Partido de la Revolución Democrática (PRD), domiciliados en la Ciudad de México de los Estados Unidos Mexicanos, pretendiendo el “cobro de la suma de pesos mexicanos cuatrocientos millones ($400.000.000) o su equivalente en dólares estadounidenses, con más los intereses correspondientes hasta su total y efectivo pago, con más costas y costos de los procesos, los cuales derivan exclusivamente de su incumplimiento” El instrumento habría sido firmado por la Sra. María del Rosario Robles Berlanga en representación ...

Nunnari Juan Ignacio c. Club Atlético Vélez Sarsfield. 1º instancia. Dipr Argentina

Ver fallo completo Sobre los hechos y las actuaciones previas a la traba de la Litis.             Juan Ignacio Nunnari –dice- haber abonado en la sede del Club Atletico Velez Sarsfield su entrada para presenciar el partido que disputaría éste club con el club Nacional de Montevideo de Uruguay, en el contexto de la Copa Libertadores del 2007, organizada por la Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL). Una vez en la ventanilla del club organizador del evento (Nacional de Montevideo), Nunnari –según su versión- recibió la entrada al Estadio contra recibo oficial recibido en la sede de Velez Sarsfield. Una vez dentro del Estadio y dirigiéndose hacia el sector correspondiente a los hinchas visitantes, fue atacado por los hinchas locales…ataque en el cual recibe un piedrazo en el ojo que lo hiere severamente, herida que llevaría a una discapacidad parcial en la visión para la víctima. La parte actora entendiendo que tiene un contrato con Velez S...

Estudio GF S.A. c. ATEC S.A. Ordinario, 1º y 2º Instancia

     Este fallo se trata de la solución que le dió la justicia a la pretensión de cobrar sumas de dinero correspondientes a un alegado contrato, demandadas a la alegada casa matriz de la sociedad con la cual se alega haber celebrado el alegado contrato. Todo en esta causa es alegado, porque la prueba presentada es insuficiente para producir convicción según los tribunales argentinois.      Link alfallo de primera instancia     Link al fallo de segunda instancia      La actora Estudio GF SA promueve demanda contra ATEC SA pretendiendo el cobro de 235.175 dólares en concepto de sumas adeudadas correspondientes a prestaciones realizadas que no han sido abonadas a pesar haberse intimado al pago, juntamente con la suma correspondiente al cumplimiento de la totalidad del contrato.      Arguye que se trata de un contrato celebrado de acuerdo al “estilo y tradición en el arte”, haciendo referencia a la costumbre comerci...

Estudio GF S.A. c. ATEC S.A. Jurisdicción. 1° y 2º instancia

     Link a la decisión de primera instancia      Link a la decisión de cámara      En la sentencia de resolución del incidente que se inicia con la excepción de incompetencia interpuesta por la parte demandada surgen dos posiciones.      La actora sostiene que la demandada es la casa matriz de una sociedad que es en realidad sucursal de la misma, sucursal con la cual dice tener un contrato incumplido por ella, que es el motivo de la demanda.      La alegada casa matriz tiene domicilio en la República Argentina, y es por ello que la demanda fue entablada en esta jurisdicción.      La parte demandada sostiene que al no ser ésta la casa matriz de la sociedad con domicilio en emiratos árabes unidos, esta no posee ningún contrato incumplido con la actora, por lo cual no tiene legitimación pasiva.      El tribunal resuelve que la determinación de la respuestas a las cuestiones de ...

Resumen: "Márquez López, Melina Daniela c. Desteffani, Gabriela Lourdes s. daños y perjuicios." 1º y 2º instancia DIPR Argentina

           En este fallo se da solución a un caso en el cual un nacional uruguayo, domiciliado en Uruguay, resulta dañado por responsabilidad de un turista argentino en una intersección de Montevideo.          Link al fallo de primera instancia          Actora viajaba en el colectivo de la línea 370 por las calles de Montevideo, Uruguay Melina Daniela Márquez. El ómnibus en el que viaja y el automóvil de Desteffani colisionan en una esquina de Montevideo y ella se golpea con un asiento que está ubicado delante de donde se encuentra en su camino al suelo, lo cual le produce lesiones. Por lo dicho inicia demanda en el domicilio de la demandada Desteffani y su aseguradora.          La aseguradora de la demandada Desteffani niega los hechos presentados por la demandada como fundamento de sus pretensiones, reconoce la cobertura por respo...

Resumen: "Aguinda Salazar María c. Chevron Corporation s. exequátur. 2° instancia" Dipr Argentina

      Link al fallo completo     En esta sentencia la jueza rechaza la pretensión de la actora de que se le reconozca y de fuerza ejecutoria a una sentencia favorable a ella y que declara a Chevron corporation, registrada en EE.UU. como la vencida. Esta sentencia es apelada y pasa a segunda instancia en Argentina.          Varios problemas técnicos tiene la apelación presentada por la actora, que serán nombradas al final de este artículo para permitirnos así enfocar la atención en el problema central, que versa sobre la pretensión de la actora y su argumentación sobre del derecho, que deviene crítico para determinar si se da o no una situación de hecho.          La actora pretende que se reconozca autentica y legal una sentencia que la declara vencedora por los tribunales de Ecuador de primera instancia, para el foro requerido proceder a ejecutar los bienes que Chevron Corporation tiene en la República Argentina...