La Importancia del Capital Social y el Patrimonio Social Según la Ley General de Sociedades 19.550

En el ámbito del derecho societario argentino, el capital social constituye uno de los pilares fundamentales de toda sociedad comercial. Su importancia trasciende la mera cifra contable, ya que cumple funciones esenciales no solo hacia el interior de la sociedad, sino también hacia el exterior, especialmente frente a los terceros acreedores que necesitan conocer con qué recursos cuenta la sociedad para responder por sus deudas.

Este artículo, escrito desde mi perspectiva de abogado, tiene como finalidad explicar de manera clara y accesible qué es el capital social, cuáles son sus funciones, en qué se diferencia del patrimonio social y por qué resulta tan importante preservar su integridad. Asimismo, veremos las normas que el legislador ha establecido para asegurar la intangibilidad del capital, un principio clave en el funcionamiento seguro y transparente de las sociedades.

hablamos de la relación de capital y patrimonio social y la importancia del primero

¿Qué es el capital social?

El capital social está conformado por los aportes que realizan los socios al constituir la sociedad o en posteriores aumentos de capital. Dichos aportes pueden ser en dinero o en bienes susceptibles de valoración económica, como inmuebles, automotores, maquinarias, derechos o títulos valores.

En principio, el capital es una cifra fija, establecida en el contrato constitutivo y que solo puede modificarse mediante una resolución societaria formal de aumento o reducción. De allí que se hable de su carácter rígido: no cambia automáticamente con las variaciones del patrimonio de la sociedad, sino únicamente por decisión expresa de los socios siguiendo los procedimientos legales.

El capital social debe ser adecuado al objeto de la sociedad. No tiene sentido constituir una sociedad que pretende desarrollar una actividad industrial de gran escala con un capital mínimo que no permita financiar sus operaciones básicas. En otras palabras, el capital debe ser realista y proporcional al tipo de empresa que se quiere llevar adelante.

Las funciones del capital social

El capital cumple varias funciones jurídicas y económicas que explican su importancia:

  1. Función de productividad: el capital es el punto de partida patrimonial que la sociedad destina a la actividad empresarial. Con él se adquieren bienes, se pagan servicios y se inicia el giro comercial.
  2. Función de medición de la participación social: el capital sirve para determinar la proporción en que cada socio participa en la sociedad. Así, en función de su aporte, cada socio tendrá derecho a un porcentaje de las utilidades y, eventualmente, de los bienes en caso de liquidación.
  3. Función de garantía frente a terceros: esta es, sin dudas, la función más trascendental. El capital social constituye la base mínima con la que la sociedad responde por sus deudas. En sociedades como las de responsabilidad limitada y las sociedades anónimas, donde los socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes, esta garantía es indispensable para la seguridad jurídica de los acreedores.

Precisamente por esta función de garantía, muchas legislaciones —incluida la argentina— exigen un capital social mínimo para las sociedades anónimas, a fin de que exista un patrimonio inicial que otorgue confianza a quienes contratan con la sociedad.

El principio de intangibilidad del capital social

Para proteger a los terceros y preservar la seriedad del capital, la ley ha establecido normas tendientes a garantizar su intangibilidad. Esto significa que el capital social debe mantenerse intacto y no puede ser disminuido de manera encubierta o fraudulenta.

Entre las medidas más relevantes encontramos:

  • La necesaria intervención de órganos de control para la valuación de los bienes en especie aportados a sociedades por acciones, evitando que se los sobrevalúe ficticiamente.
  • La prohibición de emitir acciones por debajo de su valor nominal, impidiendo que se altere el equilibrio económico de la sociedad.
  • La prohibición de distribuir utilidades si no existen ganancias comprobadas en un balance regularmente aprobado.
  • La obligación de destinar las ganancias posteriores a cubrir pérdidas de ejercicios anteriores antes de proceder a su distribución.

Estas normas evidencian que el capital social no puede ser manipulado libremente, ya que cumple una función de orden público en la protección de terceros acreedores.

Capital social en sociedades unipersonales

Un régimen más estricto se aplica a las sociedades anónimas unipersonales. En este caso, la ley exige que el capital se integre en su totalidad en el acto constitutivo, sin admitir plazos de integración diferida. Esta previsión responde a la necesidad de extremar la protección de los terceros, ya que solo existe un socio y, por lo tanto, no hay pluralidad de aportantes que pueda equilibrar el riesgo.

El capital social en sociedades de personas

Aunque en sociedades como la colectiva, la comandita simple o la sociedad de capital e industria los socios responden solidaria e ilimitadamente por las deudas sociales, el capital no pierde importancia. Además de sus funciones de productividad y de medición de la participación, también cumple una función de garantía, pues los acreedores cuentan con él como primer recurso antes de accionar contra el patrimonio personal de los socios.

En otras palabras, el principio de la intangibilidad del capital se aplica a todas las sociedades, no solo a aquellas en las que el límite de responsabilidad está dado por las participaciones sociales.



Diferencia entre capital social y patrimonio social

Uno de los errores más comunes es confundir el capital social con el patrimonio social. Aunque están relacionados, son conceptos distintos que deben diferenciarse claramente:

  • Capital social: es la cifra establecida en el contrato constitutivo que representa los aportes de los socios. Tiene carácter fijo, salvo decisión de aumento o reducción. Es una cuenta contable que siempre debe estar reflejada en la sociedad.
  • Patrimonio social: es el conjunto real de bienes, derechos y obligaciones que posee la sociedad en un momento dado. A diferencia del capital, es variable y cambia constantemente por el giro normal de los negocios.

Al momento de constituir la sociedad, el patrimonio coincide con el capital, ya que está formado por los aportes iniciales. Sin embargo, con el tiempo, el patrimonio puede aumentar (si la sociedad genera ganancias y acumula reservas) o disminuir (si sufre pérdidas). El capital, en cambio, permanece igual hasta que los socios decidan formalmente modificarlo.

El patrimonio es el activo social efectivo, mientras que el capital es una cifra de garantía que da seguridad a los acreedores y regula las relaciones entre los socios.

Capital social, patrimonio y derechos de terceros

La distinción entre capital y patrimonio adquiere relevancia cuando la sociedad decide reducir voluntariamente su capital social. En ese caso, la ley otorga derechos a los acreedores para que se opongan a la reducción si consideran que afecta la solvencia de la sociedad y pone en riesgo el cobro de sus créditos.

De este modo, el legislador refuerza la idea de que el capital social no es solo un dato interno de la sociedad, sino una cifra de orden público que proyecta sus efectos hacia el exterior.

Reflexión final

El capital social no es simplemente un número inscrito en el estatuto de la sociedad. Es la base jurídica y económica sobre la cual se construye la persona jurídica, un parámetro para medir la participación de los socios y, sobre todo, una garantía esencial para quienes contratan con la sociedad.

Comprender la diferencia entre capital social y patrimonio social es clave para no caer en confusiones: el primero es fijo y tiene una función de garantía, mientras que el segundo es dinámico y refleja la situación real de la sociedad en cada momento.

Desde la práctica profesional, recomiendo a toda persona que participe en la constitución de una sociedad prestar especial atención a la cifra del capital social, a su adecuada proporción con el objeto social y al cumplimiento de las normas de intangibilidad. Solo de esa forma se puede construir una empresa sólida, confiable y capaz de inspirar seguridad a terceros.

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