Las Obligaciones Negociables Convertibles en Acciones Reguladas por la CNV

 Desde la perspectiva legal y financiera, las obligaciones negociables convertibles representan una herramienta clave para las empresas que buscan financiamiento en el mercado de capitales. Se trata de valores negociables que permiten a los inversores optar, en determinadas condiciones, por convertir su inversión en acciones de la sociedad emisora. Este tipo de instrumento combina características tanto de la deuda como del capital, y su regulación en Argentina está establecida principalmente en la Ley 23.576 y sus modificaciones.

En este artículo, y como abogado especializado en derecho societario, te explicaré de forma clara y sencilla qué son las obligaciones negociables convertibles, cómo se emiten, qué derechos tienen los inversores y qué obligaciones tienen las sociedades emisoras.

Hablamos de las formas de emitir Obligaciones Negociables

¿Qué son las Obligaciones Negociables Convertibles?

Las obligaciones negociables convertibles son títulos de deuda emitidos por sociedades por acciones que le otorgan a su titular el derecho de convertirlos en acciones de la emisora en determinadas condiciones. Según el artículo 5° de la Ley 23.576, la conversión se realiza a opción del obligacionista, es decir, es el inversor quien decide si desea ejercer el derecho de conversión.

Este instrumento tiene una ventaja significativa: ofrece la seguridad de un título de deuda con una tasa de interés, y al mismo tiempo, la posibilidad de participar en el capital social de la empresa, lo que puede representar una oportunidad de crecimiento patrimonial si la empresa prospera.

Emisión y Requisitos

La emisión de obligaciones negociables convertibles requiere la aprobación de una asamblea extraordinaria de accionistas. Esta decisión implica simultáneamente la autorización para aumentar el capital social en la proporción necesaria para atender los futuros pedidos de conversión. Es importante destacar que, en estos casos, los accionistas carecen del derecho de preferencia sobre las acciones que se emitan como resultado de dicha conversión.

Además, las condiciones de conversión deben establecerse de modo que no afecten la integridad del valor nominal del capital social. El valor de conversión y su fórmula de reajuste deben ser claros y no deben diluir injustamente a los accionistas existentes.

Tiempo y Modalidades de Conversión

La conversión puede estar prevista para realizarse en un momento determinado, en fechas específicas o bien ser permanente desde la suscripción del título. No obstante, el derecho de conversión permanente puede suspenderse temporalmente (hasta un máximo de tres meses) en casos como fusiones, escisiones o aumentos de capital.

Si la sociedad se disuelve antes del vencimiento de los plazos convenidos para la conversión, el obligacionista puede optar por la conversión anticipada.

Comienzo de los Derechos como Accionista

Una vez que el obligacionista decide convertir su título en acciones, debe notificarlo a la sociedad por medio fehaciente. Desde ese momento se lo considera accionista, y la sociedad está obligada a entregarle las acciones correspondientes o certificados provisionales dentro de los 30 días. En el caso de sociedades autorizadas a la oferta pública, los plazos y condiciones están regidos por las normas específicas de la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Registro del Aumento de Capital

Al cierre del período de conversión, o trimestralmente si la conversión está disponible en todo momento, el directorio debe comunicar a la autoridad de control y al Registro Público el monto de las emisiones y el consecuente aumento de capital. Esta inscripción asegura la transparencia y legalidad del proceso.


Oferta Pública y Cotización

Cuando una sociedad cotiza sus valores en oferta pública y emite obligaciones negociables convertibles, dicha autorización también implica la autorización para emitir las acciones correspondientes a la conversión. Si no tiene esa autorización al momento de emitir las obligaciones, debe obtenerla antes del inicio del período de conversión. En caso de que no lo haga, los obligacionistas tienen derecho a solicitar el reembolso anticipado o la conversión con ejercicio simultáneo del derecho de receso.

Emisión de Nuevos Valores Durante el Período de Conversión

Mientras esté pendiente la conversión de las obligaciones negociables, la sociedad puede emitir otros valores como acciones, debentures u otras obligaciones convertibles. Para ello, debe garantizar uno de los siguientes mecanismos:

  1. Derecho de preferencia a los obligacionistas en condiciones similares a los accionistas.
  2. Reajuste del valor de conversión para preservar el derecho proporcional de los tenedores.

Si se limitan o suspenden estos derechos, se requiere la aprobación de la asamblea de tenedores de obligaciones convertibles.

Ajustes por Modificaciones Patrimoniales

Al producirse cambios como modificación del valor nominal de las acciones, reducción de capital, capitalización de utilidades o distribución de reservas, debe ajustarse el valor de conversión para no perjudicar a los obligacionistas. Estos ajustes buscan preservar la proporcionalidad y equidad en la conversión.

Algunas modificaciones, como la amortización voluntaria del capital o el reparto de fondos especiales, requieren el consentimiento de la asamblea de tenedores y otorgan derecho a conversión anticipada.

Derecho de Preferencia y Receso

Los accionistas que tienen derecho de preferencia en la suscripción de nuevas acciones también pueden ejercer ese derecho respecto a las obligaciones convertibles. Asimismo, si se emiten obligaciones convertibles sin otorgar este derecho, los accionistas disconformes pueden ejercer el derecho de receso, salvo en sociedades autorizadas a la oferta pública.

La asamblea extraordinaria puede suprimir el derecho de preferencia si se cumplen condiciones legales específicas, como la aprobación con mayoría calificada y la ausencia de votos negativos superiores al cinco por ciento del capital.

Fusión y Escisión

La fusión o escisión de la sociedad emisora requiere el consentimiento de la asamblea de obligacionistas. Los obligacionistas disidentes o ausentes tienen derecho a ser reembolsados o garantizados conforme al artículo 83 de la Ley 19.550. Una vez aprobada la operación, las obligaciones convertibles podrán transformarse en acciones de la nueva sociedad, ajustando el valor de conversión según la relación establecida en la operación societaria.

Conclusión

Las obligaciones negociables convertibles en acciones representan una opción atractiva tanto para las empresas que buscan financiamiento como para los inversores que desean combinar seguridad con potencial de crecimiento. No obstante, su correcta implementación requiere un marco legal riguroso y transparente, que garantice la equidad entre todas las partes involucradas.

Como abogado, recomiendo a las sociedades interesadas en emitir este tipo de instrumentos que cuenten con asesoramiento legal especializado, para asegurar el cumplimiento normativo y la adecuada protección de los derechos de sus accionistas y obligacionistas. De igual forma, los inversores deben informarse detalladamente sobre las condiciones de emisión, derechos de conversión y posibles escenarios de cambios societarios, para tomar decisiones conscientes y estratégicas.

Las obligaciones negociables convertibles son mucho más que un instrumento financiero: son una oportunidad de construir alianzas sólidas entre empresas e inversores, en un marco de confianza, transparencia y proyección a largo plazo.

Contacto

Ante cualquier duda sobre la publicación dejar un comentario. Por consultas legales enviar un mail a dr.boianover@estudioboianover.com el cual será respondido en 72 horas y gratis la primera vez, o mandar un mensaje de whatsapp al 113 320 5482.

 

Publicar un comentario

0 Comentarios

Close Menu