La Obligación de Diligencia y Lealtad de los Artículos 59 y 274 de la Ley General de Sociedades 19.550

En el ámbito de las sociedades comerciales, especialmente las sociedades anónimas, la figura del director o administrador ocupa un papel fundamental en la gestión y representación de la compañía. Sin embargo, su responsabilidad no solo se limita a cumplir con las funciones asignadas, sino que también implica una serie de obligaciones legales que garantizan la protección de la sociedad, los accionistas y terceros. En este artículo, abordaremos de manera clara y sencilla las principales obligaciones de los directores según los artículos 59 y 274 de la Ley 19.550, centrando nuestra atención en los conceptos de diligencia y lealtad, y las responsabilidades que emergen en caso de incumplimiento.

¿Qué establece la ley sobre la responsabilidad de los directores?

La Ley 19.550 de Sociedades Comerciales regula, entre otros aspectos, la responsabilidad de los administradores y representantes de las sociedades anónimas. Los artículos 59 y 274 son claves en este ordenamiento, ya que establecen los principios y límites bajo los cuales estos funcionarios deben actuar para cumplir con sus deberes fiduciarios.

hablamos de la responsabilidad de administradores de sociedades

Artículo 59 de la Ley 19.550: principios de actuación y responsabilidad

El artículo 59 se centra en el deber de actuación de los administradores y representantes. La ley exige que estos actúen con lealtad y con la diligencia del buen hombre de negocios. Estos conceptos, aunque parecen simples, en realidad encierran un profundo marco de responsabilidades.

Lealtad: Significa ante todo priorizar los intereses de la sociedad por encima de los intereses personales o de terceros. Es decir, el director debe ser fiel a la sociedad, evitando conflictos de interés y actuando en su beneficio y en respeto de sus normas y estatutos.

Diligencia del buen hombre de negocios: Esto implica que el administrador debe actuar con conocimiento, destreza y competencia, comportándose como una persona responsable y experta en los negocios que administra. La ley espera que el administrador esté informado y que conozca tanto las normas del mercado como las obligaciones legales y estatutarias.

La ley también señala que la omisión en cumplir con estas obligaciones puede generar responsabilidad por daños y perjuicios que se produzcan como consecuencia de su actuación u omisión.

Actuaciones desleales e incumplimientos

El artículo distingue varias formas de incumplimiento que pueden generar responsabilidad:

·         Actuación desleal: Cuando el administrador prioriza sus intereses o los de terceros por encima de los de la sociedad. Por ejemplo, realizar negocios que generen lucro personal en detrimento de la sociedad sin informarlo o rechazar oportunidades de negocio en beneficio propio.

·         Falta de diligencia: Cuando no actúa con la atención, conocimiento y competencia que exigiría el cargo. Esto puede incluir negligencia, desconocimiento o falta de interés en cumplir sus funciones.

·         Falta a sus obligaciones: Cuando no cumple con obligaciones específicas o generales que tiene en su rol como administrador, independientemente de si violó expresamente alguna norma o no.

En definitiva, el artículo 59 promueve un estándar riguroso para dirigir y gestionar la sociedad, con responsabilidad legal en caso de incumplimiento.

 


El régimen de responsabilidad del artículo 274

Mientras que el artículo 59 establece los deberes en términos generales, el artículo 274 especifica cómo se aplica la responsabilidad en la práctica, y qué debe hacerse ante un incumplimiento.

Este artículo indica que los directores deben actuar con lealtad y diligencia del buen hombre de negocios, y que su responsabilidad es individua y personal. Es decir, no existe la responsabilidad colectiva del directorio como órgano, sino de cada uno de sus miembros en particular.

Asimismo, remarca que las normas sobre responsabilidad son de carácter imponible y no derogable por los accionistas o por los estatutos, reafirmando así la protección del interés público y la obligatoriedad del cumplimiento.

Responsabilidades específicas de los directores

Las principales situaciones en las que un director puede ser responsable son:

1.    Mal desempeño en el cargo: Cuando no cumplen con sus funciones, actuando con negligencia, dolo o abuso de sus facultades.

2.    Violación de la ley, estatuto o reglamento: Con solo la comprobación de la infracción, sin necesidad de demostrar dolo o culpa, el director responde por los daños.

3.    Daños por dolo, culpa grave o abuso de facultades: Acciones malintencionadas, negligentes o usurpadoras de poder también generan responsabilidad. Aquí es importante entender qué significa cada uno:

·         Dolo: Actuación intencional, con conocimiento y voluntad de causar daño.

·        Abuso de facultades: Cuando un director o administradora actúa excediendo sus poderes o disponiendo de los recursos de la sociedad sin justificación legítima, también comete un abuso de facultades. Esto puede incluir decisiones que, aunque dentro de sus facultades, se realizan de forma arbitraria, temeraria o en detrimento de la sociedad.

·         Culpa grave: Es una negligencia severa, que implica una conducta negligente o imprudente que supera la mera negligencia ordinaria. La culpa grave se evidencia cuando el director no toma las precauciones básicas que una persona prudente habría considerado en su gestión, poniendo en riesgo los intereses de la sociedad.

 La importancia del estándar de “buen hombre de negocios”

Uno de los conceptos clave en el régimen de responsabilidad de los directores es el de actuar con la diligencia del buen hombre de negocios. Pero, ¿qué significa esto en términos prácticos?

Este estándar exige que el administrador tenga el conocimiento, la experiencia y la previsión que un profesional o un empresario responsable tendría en su actividad. No basta con actuar con buena voluntad; es necesario haber tomado decisiones informadas y prudentes, considerando toda la información disponible y las circunstancias específicas.

Por ejemplo, un director que omite revisar la situación financiera de la sociedad claramente incumple con este estándar, ya que debería entender y evaluar los riesgos correspondientes. La ley pretende que los directores actúen como si gestionaran su propio patrimonio, con cuidado y diligencia.

¿Qué pasa si un director incumple sus obligaciones?

El incumplimiento de estas obligaciones puede tener consecuencias legales y de responsabilidad civil. La ley establece que los directores responden de manera ilimitada y solidaria por los daños que puedan causar a la sociedad, a los accionistas o a terceros, siempre que se pruebe que actuaron contrariamente a sus deberes.

Responsabilidad individual e ilimitada

Cada director responde en forma individual por su actuación u omisión. Esto significa que, ante un daño, la sociedad o terceros podrán exigir la reparación directamente a cada uno de los administradores responsables, sin que exista una responsabilidad automática del conjunto del directorio.

Esta responsabilidad puede derivar de diversas situaciones, incluyendo:

·         No actuar con la diligencia y lealtad requeridas.

·         Violar las leyes, estatutos o reglamentos internos.

·         Participar en conductas dolosas, negligentes o usurpadoras de poder.

¿Qué obligaciones debe cumplir un director para evitar responsabilidad?

La clave para evitar responsabilidades es cumplir con las obligaciones establecidas por la ley y los principios éticos y de buena gestión.

1.    Actuar con lealtad: Priorizar siempre los intereses de la sociedad por encima de intereses personales o de terceros.

2.    Actuar con la diligencia del buen hombre de negocios: Informarse, consultar con expertos cuando sea necesario y adoptar decisiones fundamentadas.

3.    Cumplir con las normativas internas y externas: Seguir los estatutos, reglamentos internos y las leyes aplicables.

4.    Revelar conflictos de interés: Divulgar cualquier situación que pueda afectar su independencia o que pueda representar un conflicto.

5.    Supervisar la gestión: Controlar de manera activa y responsable, y solicitar información suficiente para tomar decisiones informadas.

6.    No participar en actos ilícitos: Abstenerse de realizar acciones que puedan dañar a la sociedad o constituir delitos.

7.    Entre otros.

Cómo prevenir la responsabilidad: recomendaciones prácticas

Desde la perspectiva legal, existen varias prácticas que los directores pueden adoptar para reducir la exposición a responsabilidades:

·         Capacitación constante: Mantenerse actualizado en las leyes, regulaciones y buenas prácticas del comercio y la gestión empresarial.

·         Documentar decisiones y acciones: Llevar registros claros y precisos que evidencien el proceso de decisión, los fundamentos y las consultas realizadas.

·         Revisar y cumplir los estatutos y reglamentos: Asegurarse de actuar conforme a las normas internas de la sociedad.

·         Contratar seguros de responsabilidad: Algunos seguros cubren daños derivados de la función del director, proporcionando protección adicional.

·         Asesoramiento legal y financiero: Consultar con profesionales especializados en casos de duda o en decisiones complejas.

Conclusión

La responsabilidad de los directores dentro de las sociedades anónimas, según los artículos 59 y 274 de la Ley 19.550, es un compromiso serio que requiere actuar con los más altos estándares de lealtad y diligencia. La ley establece claramente que estos profesionales no solo deben cumplir con sus funciones, sino hacerlo con un comportamiento responsable, informado y ético. La prioridad siempre debe ser la protección de la sociedad, sus accionistas y terceros involucrados.

Ser director no es solo un honor o una posición de autoridad, sino una responsabilidad que puede tener consecuencias legales y económicas si no se cumplen con estos deberes. La responsabilidad ilimitada y solidaria impone la obligación de cumplir con los estándares más rigurosos y de actuar con prudencia y buen juicio en todas las decisiones.

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